El pasado 27 de febrero se dictó la sentencia que ha condenado a Mediaset a abonar una indemnización al hijo de la fallecida María del Carmen Martínez-Villaseñor, conocida como “Mari Carmen y sus muñecos”. La resolución, que afecta directamente a la productora del programa Sálvame y a su colaborador Kiko Matamoros, confirma que el espacio televisivo vulneró el derecho al honor de María del Carmen y su hijo Miguel con su tratamiento mediático de la defunción de la artista. El caso ha sido llevado por Rafael Domenech, abogado de este despacho, con la colaboración de Mariano Roca de ETL Global ADD, grupo del que forma parte Pierre Abogados.
La sentencia, de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha tenido un visible impacto en los medios de comunicación. En ella se expone de qué manera cubrió el programa Sálvame el fallecimiento de la humorista y ventrílocua “Mari Carmen y sus muñecos” el 16 de junio de 2023, tan solo un día después del óbito. Los Fundamentos de Derecho del texto judicial confirman que el tono de la retransmisión fue soez y de burla, y que a la muerte natural de la Sra. Martínez-Villaseñor se le dio un enfoque de oscurantismo y secretismo innecesario.
Nuestro bufete demandó, en primer lugar, tanto a Mediaset como a la productora antes conocida como La fábrica de la tele. Tras el fallo del tribunal, dichas empresas han de pagar solidariamente una indemnización de 20.000 € al hijo de la artista Miguel Almanzor -demandante-. También fueron demandados distintos colaboradores del programa, entre ellos Juan Francisco Matamoros, que ha sido condenado al abono de otra indemnización, en este caso de 5.000 €.
“Si algo me llevó a aceptar este caso fue es el total desinterés económico de mi cliente, Miguel Almanzor”, manifiesta nuestro compañero Rafael Domenech, abogado del demandante. “La cifra resultante nos es indiferente, además se destinará a una fundación; lo que nos importa es que se haya condenado el modo de abordar la defunción de la Sra. Martínez-Villaseñor, y que se haya dictaminado que la cadena de televisión tenga que emitir una lectura del fallo”. La resolución de la magistrada de Pozuelo de Alarcón también incluye que Telecinco, en su informativo de la tarde-noche, lea públicamente la decisión judicial.
Lo ocurrido aquel día en Sálvame
“Cuando visualicé el programa me escandalizó que los espectadores lo vieron a las pocas horas del fallecimiento, siendo la intención la burla y la búsqueda de morbo, lo que no merecía una figura tan icónica y querida como la de ‘Mari Carmen y sus muñecos’”, señala Rafael. “Vi que lo sucedido iba más allá de la libertad de expresión”, añade.
En nuestra demanda alegamos que el espacio televisivo intentó crear dudas acerca de las circunstancias de la muerte, que, en realidad no tenían el más mínimo interés ni rareza (la causa fue un infarto a los 80 años), llegando incluso a afirmar que la ventrílocua llevaba tiempo intuyendo que algo terrible pudiera sucederle, y que sus peores presagios se habrían cumplido. Todo ello se acompañó de una escenografía con luces y sonidos propios de una investigación policial, una ambientación de suspense propia de los reportajes criminológicos. En el fallo del tribunal de instancia se habla, de hecho, de “teatralización”, y se pone de relevancia que se mostró hasta “un plano de un dibujo en el suelo en forma de croquis del cuerpo de la víctima, que se relaciona siempre con víctimas de un homicidio o asesinato”.
En paralelo, en la retransmisión en directo se hizo hincapié en el “secretismo brutal de la familia”, pese a que, como subraya Rafael, “cuando llamaron a mi defendido, este contestó al teléfono a la primera y con una educación exquisita, teniendo en cuenta que estaba en esos momentos en el tanatorio”. Por otra parte, “consideré una enorme falta de ética que en el programa se informara de que también habían llamado a la difunta y su teléfono seguía conectado”, añade el abogado.
A estos hechos se sumó la insinuación de que la humorista vivía sola y desatendida, cuando en realidad “su hijo se desvivía por ella, y que se dijera lo contrario le podía producir a Miguel un descrédito social”, explica Domenech, “sin olvidar un momento que hubo de carácter violento, protagonizado por Kiko Matamoros, quien realizó una crítica atroz a la fallecida aseverando ‘me la hubiera llevado por delante’”. El colaborador, previamente, fue declarado en rebeldía procesal al no presentar el debido escrito de contestación a la demanda. Y en la resolución del juzgado, su comportamiento se ha calificado como “claro insulto y comentario ofensivo”.
Bromas incalificables
Conforme se puede leer en la sentencia, de fecha 26 de febrero de 2026, el programa también incluyó la representación de una “broma” consistente en un montaje donde que la difunta sostenía a dos de sus más famosos muñecos (el pato Nicol y Dª Rogelia), cuyas cabezas, mediante manipulación digital, correspondían a las de Terelu Campus y María Patiño.
Paralelamente, durante toda la emisión se profirió la expresión “¡¡Hasta luego, Mari Carmen!!”, puesta de moda por una habitual de Sálvame, Belén Esteban. En palabras de Rafael Domenech, “incluso, aporté a la causa un diccionario alternativo para probar que era una expresión despectiva y no de pésame, y más con símbolos de exclamación doble”.
Responsabilidad civil por daño moral
Finalmente, la jueza nos ha dado la razón en lo que respecta a la vulneración del derecho al honor, tanto el de María del Carmen como el de su hijo y demandante Miguel Almanzor, debido “a la gravedad de las afirmaciones y al tratamiento del fallecimiento de la finada”, tal como consta en la resolución. Y la responsabilidad civil por daño moral se ha traducido en un total de cuantía indemnizatoria de 25.000 €.
La justicia ha inclinado así la balanza en perjuicio de los acusados, pero también en contra del criterio del propio Ministerio Fiscal, que no consideraba acreditada la vulneración del derecho al honor. “Dentro de mi absoluto respeto a la profesión, pienso que la fiscalía puso un concepto abstracto de la libertad de expresión muy por delante del derecho al honor”, opina el letrado de nuestro bufete. “Que su señoría haya fallado a nuestro favor es una gran satisfacción, porque las manifestaciones vertidas y el tratamiento que se hizo de la noticia no tienen justificación desde el punto de vista moral y ético”, concluye.