La Audiencia Provincial de Barcelona, mediante un auto de fecha 20 de mayo de 2026, ha dado la razón a nuestro bufete Pierre Abogados en un caso de custodia, reconociendo que sí hubo un intento de conciliación previa antes de que nuestro cliente presentara la demanda. El juez de instancia, que no la había admitido -motivo por el cual recurrimos a la Audiencia- argumentaba que no se había seguido debidamente el mecanismo MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias), pero hemos probado que no fue así.

“Tras la aprobación de los MASC, una práctica de muchos juzgados fue -y es- la de rechazar demandas casi sistemáticamente exigiendo una negociación previa muy detallada”, explica nuestro compañero Rafael Domenech, que ha llevado este caso. “Y lo que hemos demostrado con esta victoria de nuestro despacho es, en definitiva, que los Medios Adecuados de Solución de Controversias no tienen que ser un avance de la demandas”, añade.

La historia detrás de esta sentencia es la de un padre que presentó una demanda relativa a la custodia de sus hijos pero el tribunal no la admitió, alegando que en el protocolo MASC, pese a haberse producido, no se había proporcionado toda la información que iba a contener la demanda. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona, en su respuesta a nuestro recurso, ha dictado que no necesario aportar los detalles exhaustivamente, sino solo anunciar la materia que se va a tratar.

Mecanismo MASC realizado, pero sin acuerdo

En la demanda, que como decimos no fue admitida inicialmente, constaba que había habido un intercambio de correos electrónicos entre los cónyuges, pero que al final no fue posible llegar a un consenso. En el e-mail por nuestra parte informábamos a la madre de que queríamos llegar a un acuerdo sobre la custodia y la pensión de alimentos de los hijos en común, y en el texto se invitaba a una negociación al respecto. No obstante, ella no aceptó.

Este contenido, efectivamente sin propuestas concretas ni una oferta vinculante, no fue suficiente para el juez de instancia. Pero sí lo ha sido para la Audiencia, de modo que hemos logrado que se admita la demanda de nuestro cliente. Queda confirmado así que los MASC no tienen por qué incluir la información clave de lo que se solicita en la demanda (petitum).

Los MASC: solo para evitar demandas sorpresivas

Aunque esta decisión de la Audiencia solo afecta a la provincia de Barcelona, es una muestra clara de que los Medios Adecuados de Solución de Controversias tienen como finalidad evitar demandas sorpresivas, y que no tienen que convertirse en un obstáculo. El concepto que representan “no ha de ser concebido de forma sacramental. Toda la abogacía española siempre ha sido muy critica con los MASC, y desde Pierre Abogados nos congratulamos de que la Audiencia Provincial los interprete más flexiblemente”.

Los magistrados de la Audiencia, en el auto favorable a nuestro cliente, consideran que una acción MASC es válida si en ella se entiende que la parte demandante ha propuesto hablar del asunto en cuestión a la parte contraria. “Además, en nuestro correo indicábamos que el objetivo era conversar concretamente sobre la guarda y custodia, algo que no tuvo en cuenta el juzgador de instancia”, señala nuestro letrado Rafael Domenech.

La demanda posterior puede no coincidir completamente

En conclusión, este auto judicial estima que los MASC deben considerarse como la obligación de negociar previamente el «núcleo esencial de la controversia», pero no siendo imprescindible que la demanda posterior coincida plenamente con lo que fue el objeto del diálogo. Ni, como indicábamos antes, que avance lo que va a ser el petitum de la demanda.