El pasado 5 de mayo de 2026 se dictó la sentencia que absuelve a nuestro cliente, Josep Teixidó, de haber participado en la conocida Operación Mercurio de 2012, la cual significó una auténtica catarsis en la política de la ciudad de Sabadell. En esta operación se descubrió un entramado de delitos de tráfico de influencias, prevaricación, malversación de fondos públicos y falsedad documental. Ello generó, entre otras consecuencias, el encarcelamiento del alcalde (Manuel Bustos). Rafael Domenech, letrado de Pierre Abogados, ha demostrado que el Sr. Teixidó nunca fue inductor ni colaborador en la trama.
Debido al volumen de la causa, el caso Mercurio se dividió en piezas para evitar que caducara. La resolución judicial que ahora se ha publicado, de la Sección nº 10 de la Audiencia Provincial de Barcelona -penal-, es la correspondiente a la pieza 21, donde el asesor técnico del Ayuntamiento de Sabadell y exjefe de la Unidad de Inspección Tributaria de la Agència Tributària de la ciudad, Josep Teixidó, ha sido absuelto.
Los hechos detrás de esta importante sentencia
La resolución, de 131 páginas, relata cómo un pariente del alcalde -a fin de realizar un favor a un amigo suyo- medió ante el Ayuntamiento para que se aceptase una factura que acreditaba que las obras de reforma del concesionario Sitjas Motor se habían realizado en el año 2012, y no antes. Con ello se intentaba evitar que el amigo y vendedor de automóviles pagara el Impuesto sobre Actividades Económicas de los años precedentes. La obra se llevó a cabo con anterioridad a 2012, pero sin licencia ni factura oficial.
“La falsa factura”, explica Rafael Domenech, “tenía una apariencia totalmente legal y formal para quien no conociera su origen delictivo. Pero realmente era fruto de un acuerdo entre el interesado (propietario del concesionario), un constructor (que ni siquiera fue el encargado de la obra) y un consultor privado (experto en derecho fiscal). Además, el familiar de Manuel Bustos llamó a altos cargos del ayuntamiento para que se aceptara la factura como correcta.“
Desmontando la errónea tesis del Ministerio Fiscal
Según la tesis del Ministerio Fiscal, los mencionados altos cargos dieron instrucciones a Josep Teixidó -asesor del Departamento de Inspección-, así como a la funcionaria inspectora, para que dieran el visto bueno a la factura. Ese fue su argumento pese a que el Sr. Teixidó ni siquiera había sido mencionado en las comunicaciones que fueron intervenidas al allegado del alcalde.
El agraviado contrató al despacho Pierre Abogados, y demostramos que lo que había pasado en realidad era:
- que nuestro cliente, pura y simplemente, recibió una factura que no tenía ningún viso aparente de ser falsa
- y después, asesoró a la inspectora (también inocente en todo momento) para que la diera por correcta.
Y la sala ha dictado:
QUE DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS a JOSEP TEIXIDÓ PIÑOL del delito de prevaricación en concepto de inductor o cooperador necesario del que venía siendo acusado en el presente procedimiento.
“Hay que tener en cuenta”, señala también el letrado de nuestro bufete Rafael Domenech, “que el propio Ayuntamiento de Sabadell compareció como acusación particular y jamás presentó acusación contra el Sr. Teixidó”.
Ninguna influencia
Paralelamente, no se ha podido corroborar que los autores de la falsa factura y/o los altos funcionarios y políticos influyeran mínimamente en la labor de este asesor y de la inspectora.
“Nunca dudé de la buena fe y honradez de mi cliente; era evidente que ni él ni la inspectora -defendida por otro despacho- habían recibido presiones e instrucciones de nadie. De hecho, estoy convencido de que, dada su trayectoria intachable, de haberlas recibido las hubieran denunciado debidamente”.
¿Quiénes han sido los condenados en esta pieza?
Tras el juicio, la Sección nº 10 de la Audiencia Provincial de Barcelona -penal- únicamente ha condenado por los hechos a los tres empresarios que confeccionaron la factura, por falsedad documental: el gerente del concesionario, el consultor fiscal y el familiar de Bustos que lo inició todo, de profesión constructor pero que no participó en las obras.
Ese ha sido el único delito, la falsedad documental, y no se ha constatado prevaricación ni tráfico de influencias.
Desprestigio inmerecido
Una vez dada a conocer la sentencia favorable a Josep Teixidó, manifiesta Rafael que la resolución no le ha supuesto “ninguna sorpresa, más allá de que siempre provoca incertidumbre estar pendiente de una decisión judicial. Al mismo tiempo, ha revelado que nuestro defendido, un honesto y ejemplar funcionario, ha pasado más de una década en el banquillo. Por eso, mis declaraciones para este artículo del blog de Pierre Abogados también van directamente encaminadas a colaborar en la rehabilitación del prestigio social y profesional del Sr. Teixidó”.
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