La mercantil promotora, Realfly, interpuso una demanda de reclamación de cantidad contra los intervinientes en la obra de construcción del Tunel de Viento ubicado en el estadio del RCD Espanyol, como consecuencia de los daños y perjuicios y el retraso en la construcción -una demora de tres años frente a lo acordado-. Pero el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Barcelona la desestimó. Sin embargo, el recurso de apelación interpuesto por Realfly ante la Audiencia Provincial de Barcelona ha sido estimado parcialmente, tras lo que nuestro cliente ha logrado una indemnización total de 1.456.172,20 euros, a abonar en distinta proporción entre dos de las empresas involucradas: la que se ocupó de la impermeabilización (Geocisa) y la que asumió la dirección de obra (Indus).

La atracción Túnel de Viento situada en el campo de fútbol del RCD Espanyol no se inauguró en 2016, como estaba previsto, sino en 2019, como consecuencia de incidencias relacionadas con la construcción e impermeabilización de la obra. Por ello, la promotora del proyecto, Realfly, había demandado a cinco empresas en total. Todas ellas se vieron envueltas en el recurso, llevado a cabo por los abogados Germán Peñalver y Xavier Claver, socios de nuestro bufete Pierre Abogados, así como por el abogado José María Hernández, asociado principal del despacho.

El proceso ha finalizado con la estimación parcial del recurso de apelación, y la condena a dos de las codemandadas al pago de importantes cantidades a la promotora. Geocisa alegaba que “el objeto del contrato no era la impermeabilización del terreno sino reducir la permeabilidad”, y que la falta de ella que finalmente se produjo no era imputable a sus acciones. Por su parte, Indus, la segunda mercantil sobre la que ha recaído condena, aducía que “nunca garantizó la impermeabilidad durante la ejecución, sino después de terminada la obra”.

La Audiencia Provincial de Barcelona, sin embargo, ha desestimado las alegaciones de dichas empresas y estimado las de Realfly, frente a una situación constructiva que debería haberse afrontado teniendo muy en cuenta la cercanía al río Llobregat del futuro Túnel de Viento. Y si bien se ha acabado absolviendo a las restantes tres compañías, se ha condenado a Geocisa y a Indus, con 875.091,50 euros a la primera y 581.080,70 a la segunda, importes a abonar a nuestro cliente Realfly.

La insuficiente, y negligente, labor de GEOCISA

Los magistrados de la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona explican en la sentencia, de fecha 30 de abril de 2026, que Geocisa fue subcontratada por la constructora para ejecutar los trabajos de impermeabilización con el llamado sistema jet grouting, que no cumplió su objetivo: “ni impermeabilizó ni redujo la impermeabilidad”, según declaró uno de los peritos en el acto del juicio. El motivo principal: la presencia de huecos y fisuras, lo que provocó la entrada de agua.

Asimismo, se ha recordado que, si la pantalla jet grouting hubiera funcionado correctamente, los bombeos que se realizaron para evitar la inundación que tuvo lugar después habrían sido innecesarios (esta aclaración responde a una de las afirmaciones de Geocisa, basada en que los bombeos habían causado una inundación temporal).

En suma, el sistema jet grouting no funcionó correctamente, provocando importantes perjuicios en la obra y una demora considerable.

INDUS no estudió la permeabilidad del terreno

La Audiencia entiende que Indus, por su lado, incumplió sus obligaciones contractuales porque no definió con el detalle necesario el rebajamiento del nivel freático, es decir, la extracción de agua del subsuelo. Y que tampoco encargó un informe geotécnico al respecto: “de haberse realizado el informe hidrogeológico antes del inicio de la obra, se hubiera podido conocer con mayor precisión la permeabilidad del terreno”, se subraya en el texto judicial.

La resolución también indica que Indus debió interpretar y valorar el estudio geotécnico que, obligada por las circunstancias, encargó Realfly a posteriori.

Estimación parcial de la apelación e indemnización

Nuestro cliente ha obtenido la cantidad de 1.456.172,2 € como cuantía indemnizatoria global, una cifra que alberga costes directos -el propio trabajo contratado y elementos adicionales que se necesitaron, como una grúa reforzada- y también indirectos (salarios, dirección de obra, alquiler al RCD Espanyol, almacenamiento de los equipos, control de calidad y seguros).

Desde Pierre Abogados estamos altamente satisfechos con el reconocimiento de los hechos y su atribución, así como con la cuantía de las indemnizaciones.

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